PARTICULAR SISTEMA DE OPOSICIONES Y ORGANIZACIÓN PARA LA POLICÍA LOCAL EN LA COMUNIDAD DE MADRID
Realizando un pequeño análisis sobre los sistemas selectivos para proveer plazas de Policía Local en la Comunidad de Madrid, desde el nacimiento del proyecto BESCAM, se puede decir que nos encontramos ante un procedimiento muy particular de selección en el que se utilizan unos métodos poco apreciados por el opositor, en tanto vienen a convertirse en auténticas barreras para poder acceder a todos los procesos convocados, incluso para aquellos en los que habían abonado previamente el pago de las oportunas tasas de exámenes. Igualmente se destacan en este artículo aspectos relativos al ejercicio de competencias y la homogenización de los Cuerpos de Policía Local.
No se puede negar que la iniciativa BESCAM ha supuesto una importante apuesta y esfuerzo por parte de la Comunidad de Madrid, de cara a un incremento de recursos humanos y técnicos en materia de Seguridad Local, que ha recaído directamente en los Cuerpos Locales de Policía.
Ahora bien, desde mi punto de vista, la administración de este servicio no responde proporcional ni directamente a la inversión presupuestaria que esta iniciática ha supuesto.
Dejar en manos de determinados Ayuntamientos, en cumplimiento de la correspondiente legislación, la selección de personal (mediante oposición libre) y la posterior organización de estos recursos, permite que una vez vistos y analizados los resultados obtenidos, se nos conceda la legitimidad para poder cuestionar desde un plano técnico-profesional una serie de aspectos que, a mi juicio, debería valorar la Administración Autonómica para retomar, reorganizar y asentar unas premisas que invistan de la seriedad y eficiencia que merece la inversión en este servicio, que por otro lado, no encuentra grandes críticas por una apreciable falta de concienciación ciudadana con la seguridad en este país y la escasez de un personal director realmente cualificado y experimentado con el ámbito de la seguridad pública.
Sucintamente señalaré los aspectos más llamativos y críticos, antagonistas con un modelo eficiente de seguridad pública.
1.- Concurrencias desordenadas de promociones para el acceso a los Cuerpos Locales de Policía: Sin duda, la desproporción y desorganización en las convocatorias de acceso a estos Cuerpos, va a contribuir a una futura pirámide desequilibrada de longevidad en sus funcionarios de policía. No es proporcional ni obedece a ningún criterio de necesidad, convocar un exceso de plazas de acceso en dos o tres años (2005-2008), para a continuación no convocar durante años una sola plaza. El incremento proporcional de las plantillas contribuye, en términos sociológicos, a un enriquecimiento de ilusión, propuesta de nuevos objetivos, motivación, etc., que disminuye con el inmovilismo de un personal que cada vez puede “acomodarse” más a su puesto de trabajo, descubriendo la idéntica respuesta de la Administración a las conductas innovadoras que a las cómodas y conservadoras.
2.- Procesos selectivos: Han sido muchos los procesos que en estas convocatorias han terminado en los Juzgados ante distintas denuncias y falta de trasparencia en los procesos. En algunos casos con excesiva razón a mi juicio. En contra de los previsto en el artículo 23.2 de nuestra Carta Magna “asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes”, sin arbitrar unas formulas claras de participación en los procesos, la Comunidad de Madrid, sin aviso previo a los opositores, ha permitido que estos abonen tasas correspondientes a distintos municipios donde se ha abierto plazo de presentación de instancias, haciendo vanas e ilusas sus intenciones, al convocar para todos ellos un mismo día para la concurrencia de la realización de la primera prueba (prueba de aptitud psicológica).
Sin duda, este hecho debería haber sido advertido a los opositores, evitando lo que parece una injusta recaudación Administrativa en el pago de su abono de tasas o, por el contrario, para una adecuada publicidad de trasparencia en los procesos, haberse manifestado, como ocurre en otras Comunidades Autónomas, en la asunción total de todas las pruebas selectivas, es decir, pruebas psicotécnicas, físicas, de conocimientos y aptitudes médicas.
A mi juicio, la estrategia seguida conjuntamente por Ayuntamientos y Comunidad de Madrid atenta directamente contra el principio constitucional anteriormente citado y no puede obedecer a ningún criterio justificable en Derecho, el opositor paga y en ello no se informa de una estrategia administrativa premeditada para excluirle inmotivadamente del ejercicio de un derecho fundamental (concurrir, cumpliendo los requisitos legales, a tantas oposiciones como desee). No existen antecedentes similares, las oposiciones efectuadas igualmente en la década de los años noventa jamás quedaron salpicadas por este tipo de posturas incomprensibles, amparadas con la escasa voz de organizaciones y agencias que velen o vigilen el debido cumplimiento de los derechos del opositor y prevaleciéndose de unos “privilegios” de ejecutividad y ejecutoriedad en sus actos legalmente reconocidos, que solo pueden desmontar los Juzgados y Tribunales.
3. Ejercicio de competencias: El gran esfuerzo económico realizado por la Comunidad de Madrid no ha encontrado la respuesta de profesionalización de los Cuerpos de Policía Local pretendida: Ejercicio de unas competencias en materia de Policía Judicial heterogéneas, sin orientación y al prudente arbitrio de cada Ayuntamiento, conflictos en competencias de tráfico y seguridad ciudadana, incompetencia directiva para sacar el máximo partido y eficiencia a estos Cuerpos en su prestación de servicio público al ciudadano, designación de servicios sin criterios de planificación, escasa concienciación con un nuevo reto de diseño de servicio en la lucha contra la nueva criminalidad organizada, escasa exigencia profesional a los directivos de seguridad local, ausencia de una política criminal debidamente orientada en materia de seguridad local, falta de innovación en el diseño de servicios, ausencia de medidas y acuerdos conjuntos entre fiscalías, decanatos y directivos policiales, falta de protocolos de actuación conjunta, imposibilidad de erradicar conflictos competenciales con los cuerpos de seguridad estatales, crecimiento de un apoyo a favor de una estadística falsa y obsoleta denominada del “paloteo” fuera de lugar en cualquier país avanzado de nuestro entorno europeo, utilización de obsoletos criterios en los sistemas de promoción interna (ante los que cada vez se denuncian más irregularidades), etc…
4. Homogeneización de los Cuerpos de Policía Local: Se evidencia una material inobservancia al vigente Reglamento Marco de Coordinación de los Cuerpos de Policía Local: Ausencia del empleo de distintivos y emblemas reglados, uso de un armamento, vestuario, red de comunicaciones y bases de datos de los más heterogéneo que, sin duda, fomentan la dudosa imagen que el ciudadano percibe de estos colectivos, el diseño de una rotulación de vehículos policiales a capricho de no se sabe quién en cada municipio, con una variabilidad impresionante de modelos de vehículos policiales en una misma Comunidad Autónoma, Plantillas en las que no se observan los criterios numéricos para las escalas y categorías fijados por la normativa citada, faltando categorías en unos casos, sobrando en otros y no existiendo las debidas en algunos más.
En esta línea, se podría continuar planteando aspectos como, tratamiento de víctimas, coordinación en programas de menores y contra la violencia en el ámbito familiar, satisfacción ciudadana con el servicio de Policía Local, la simple valoración de los criterios de calidad bajo los que se presta este servicio o el seguimiento de actuaciones disciplinarias sobre funcionarios de Policía Local, pero ello haría muy extenso este contenido por lo que se aconseja su planteamiento independiente.
Sin duda, la corrección y adecuación a un efectivo servicio de seguridad pública para estos Cuerpos Locales de Policía, salvando las honrosas excepciones, pasa por la incorporación para la dirección de las Plantillas de auténticos profesionales en el ámbito de la seguridad, capaces de acreditar y avalar objetivamente (mediante necesarios programas de planificación) la capacidad para el desarrollo de estas competencias, bajo una exigencia y permanente compromiso con estas tareas, que deben ser sometidas a una continua evaluación de objetivos y logros, huyendo de la figura funcionarial acomodada cuyo problema se solvento con el “aprobado” de una oposición.
No obstante, aunque pueda parecer conflictivo y controvertido este artículo, el paso del tiempo deberá encajarlo en su entramado de seguridad pública, ya que el futuro que nos augura la lucha contra las nuevas modalidades delictivas no nos va a ofrecer muchas más alternativas.
SM.1.JMPG.



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