EL ACOSO EN LA INSTITUCIÓN DE POLICÍA LOCAL.-
Me ha parecido oportuno, en estos momentos, retomar un asunto que forma parte de nuestros pilares esenciales en Segrupol: EL ACOSO Y LA HUMILLACIÓN EN LA INSTITUCIÓN POLICIAL.
Creo que es un momento, ante el registro continuado y desproporcionado de nuevos casos en nuestra organización, de no olvidar el dolor que sufren muchos compañeros y compañeras por la victimización a la que (en varios niveles) se ven sometidos por las actuaciones deplorables (moral y jurídicamente -haciendo una torticera interpretación de la ley-) de algunos Jefes de Plantillas y mandos intermedios en algunas Plantillas de Policía Local.
Al menos en los casos que yo personalmente estoy conociendo, puedo asegurar que se trata de funcionarios que merecen todo mi apoyo, comprensión y respeto, tratándose de personas absolutamente normales en sus relaciones sociales y, en muchos casos, grandes profesionales en la Policía.
Estos funcionarios sufren en su proceso de denuncia o queja un largo camino de humillación, intentos de desacreditación profesional, lesiones psicológicas (que en muchos casos dudamos puedan ser rehabilitadas), afectaciones en sus relaciones familiares, de pareja, sociales, ect… Se trata de un hecho que no se puede decir que sea mejor vivirlo, pero que hay que vivirlo para entenderlo.
Quizás, el dolor más grande para estas víctimas sea su aislamiento, el intento por parte de sus “verdugos” de desprestigiar y debilitar todas sus relaciones laborales, sembrar la duda (frente a sus compañeros) en sus actuaciones, en esencia “marcar de malos” a estas personas que, en muchas ocasiones, su “delito” fue acudir alegres a trabajar, hacer lo que siempre desearon (ser policías), ser competentes en su trabajo, tener “don de gentes”, una alta cualificación profesional, una cierta admiración de sus compañeros y, el toque negativo, atraer la envidia y el odio de mandos de la Policía de dudosa cualificación profesional, que entienden como una amenaza para sus intereses la progresión o evolución de este tipo de funcionarios (que denominan líderes), con la atracción de más debates sobre las modalidades de ascenso en los Cuerpos de Policía Local, los procedimientos en la asignación de vacantes, la afectación de los favoritismos y las inclinaciones políticas en la toma de decisiones y, lo más objetivable, la incompetencia en los cargos que algunas de estas personas ocupan, fomentando (directa o indirectamente) el inmovilismo y la desprofesionalización de las de los Cuerpos Locales de Policía.
Si bien este hecho se trata de un asunto ajeno al que nos conlleva, como he dicho en otras ocasiones, no me cabe ninguna duda de que algún día los ciudadanos decidirán preocuparse por el destino que se ofrece a las grandes partidas presupuestarias dedicadas a seguridad local en muchos municipios (por supuesto, no en todos) y será el momento en el que política y, en su caso, judicialmente, deberán exigir las responsabilidades necesarias a este tipo de “gestores”, más ocupados hoy por mantener sus privilegios en una incesante lucha de poder sin ningún escrúpulo, que en gestionar y dirigir, en beneficio de los ciudadanos y como debieran sus Plantillas.
En cada letra que escribo, por mis vivencias propias y ajenas en la Policía, no hago más que sentir la lectura e interpretación a mi texto por este tipo de personas, su pretensión de buscar o encontrar cualquier rescoldo para exigir el inicio de un régimen disciplinario, proceso penal, etc. Pero, debo indicarles, que siempre es importante poder ARGUMENTAR lo que se escribe, desconociendo si ellos tendrán argumentos (parece difícil) para justificar lo que hacen.
Un estudio más exhaustivo, en la acreditación de la prueba en este tipo de procesos, valorando de forma conjunta la trayectoria de la víctima y el victimario, los antecedentes laborales de cada uno de ellos, las lesiones padecidas por la víctima, los testimonios, algunos documentos y otras cuestiones que pueden ser de interés al Derecho, podrán concluir con el archivo judicial de tantos casos claros de acoso en el ámbito laboral que en la actualidad se fundamentan en “la imposibilidad de poder probar los hechos”.
El hecho de que estas personas sean de tal condición (maltratadores humanos) no tiene por qué ser compatible con el hecho de que sean idiotas (no escriben “soy un acosador”, es decir, agudizan el ingenio para dejar el menor número de pruebas por escrito, con un modus operandi muy típico: delegan actuaciones individuales en mandos intermedios u otros agentes, ofrecen órdenes verbales, premian a su sequito (colaboradores necesarios para que se produzca el fenómeno), fomentan ambientes de hostilidad, descrédito, etc., abocando a su víctima al auténtico aislamiento, inseguridad, miedo y sentimiento de culpa. SE TRATA DE UN PROCESO EN EL TIEMPO, NO DE UNA ACTUACIÓN AISLADA.
A mi juicio, esto es en lo que fiscales y jueces deben de trabajar ante esta creciente pandemia, en articular fórmulas para lograr, de forma objetiva y asumible en Derecho, la carga de la prueba. El conjunto de actuaciones mediante el que se puede concluir con la aparición de un caso de acoso en el ámbito de la institución de Policía Local.
Creo no inventarme nada, ya que el incremento de los suicidios de policías en los últimos años, las largas bajas psicológicas de etiología laboral y el dolor y victimización a la que en sus puestos de trabajo y procesos administrativos y judiciales se ven sometidas estas víctimas, son fundamentos suficientes para detectar que existe un problema, un serio problema y decir ¡BASTA YA!, basta ya a este lastre que padecen tantos funcionarios de policía y sus familias.
A todos ellos, les dedico en su lucha estas humildes letras para indicarles que su dolor es el mío y que su situación no es de locura, es de dolor, la locura se queda en su puesto de trabajo y las desgracias en las artimañas que encuentra en nuestro sistema para no ser erradicada como debiera.
Al apoyo ofrecido desde nuestra Asociación Segrupol a todas estas víctimas, se ha sumado, con toda su experiencia profesional, nuestro Despacho de asistencia jurídica, incluyendo en nuestro anterior acuerdo sus servicios para la personación, como acusación popular, en todos los procesos penales por este tipo de hechos que afectasen a cualquier miembro de nuestra organización.
Véase también artículo de 12 de mayo de 2013 (pincha este enlace).
SM.1.JMPG



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