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SERVICIOS

ACUERDO COBERTURA DEFENSA JURÍDICA

 

 

Con el fin de refundir, actualizar y aunar en un único documento los servicios de asistencia jurídica acordados para la Asociación profesional de policías SEGRUPOL, detallándolos con la mayor sencillez y transparencia, se describen las coberturas objeto de tal acuerdo:

 

 

1.   Quedan expresamente incluidas en esta asistencia jurídica:

 

  • Primera entrevista sobre asesoramiento y orientación del procedimiento, en cualquier calidad que asista el policía.

 

  • Primera asistencia letrada para el asociado, en diligencias policiales o judiciales, si resultase detenido.

 

  • La defensa en vista única en calidad de denunciado en juicio por delitos leves.

 

  • La defensa en calidad de denunciado o imputado en el orden penal por delito.

 

  • La acusación particular en el orden penal por delito, bajo los siguientes varemos:

 

Para lesiones graves, muy graves o fallecimiento por atentado se establece una cobertura en el ejercicio de la defensa letrada sin coste para el policía.

En el resto de asuntos:

 

        1. Durante el primer año con reducción del importe del 20%. Sin límite en causas.
        2. Durante el segundo año con reducción de importe del 50%. Sin límite en causas.
        3. A partir del tercer año con reducción de importe del 80%. Con límite de dos causas en periodo de un año, la tercera y sucesivas pasarían a cobertura de reducción del 50% en los costes de minuta originarios.

 

  • En los órdenes, contencioso-administrativo, civil, social, mercantil y laboral queda incluida la cobertura de cualquier causa, asistiendo en calidad de denunciado. La asistencia en calidad de denunciante pasaría a una cobertura de reducción del importe del 50% en los costes de minuta originarios.

 

  • Las reclamaciones civiles derivadas de cualquiera de estas coberturas y que finalmente sean obtenidas, serán minutadas por los servicios de defensa jurídica en un 5%.

 

Con la excepción de las reclamaciones de responsabilidades o resarcimientos civiles por accidentes de circulación para el asociado actuando de servicio, que hasta 3.000 Euros no tendrán ningún coste, a partir de esta cantidad será minutado por el Despacho el 5% referido en este apartado.

 

 

2.   Queda expresamente incluida la asistencia letrada en vía administrativa para los siguientes supuestos:

 

  • Cualquier alegación o recurso administrativo, por apertura de expediente disciplinario por falta grave o muy grave.

 

  • Cualquier comparecencia judicial o administrativa del funcionario derivada de su responsabilidad directa en expediente administrativo disciplinario por cualquier tipo de falta.

 

  • Las condiciones para la tramitación y defensa de expedientes por falta disciplinaria leve serán pactadas particularmente por el asociado con este Despacho. La cobertura por comparecencia administrativa y/o judicial por falta leve queda expresamente cubierta.

 

  • Las reclamaciones administrativas o económico-administrativas, de cualquier clase, estarán sujetas, en caso de ser logradas, al importe del 10%, en concepto de la minuta profesional del servicio de defensa jurídica.

 

  • En las reclamaciones administrativas de contenido no económico, se aplica una cobertura del 50% en los costes de la minuta originarios.

 

3.    El ejercicio de la acción o acusación popular por la Asociación SEGRUPOL y exclusivamente para sus soci@s y a su requerimiento, en ilícitos penales cometidos contra funcionarios de Policía Local por imputación de delitos de atentado con resultado de lesiones graves o fallecimiento, acoso laboral -mobbing- y falsificación documental y/o prevaricación en procesos selectivos de acceso o promoción interna en los Cuerpos de Policía Local. Esta cobertura no incluye las tasas o fianzas que, en su caso, pudieran imponerse, correspondiendo las mismas al funcionario que requiriese esta actuación.

 

4.    Defensa y asistencia en procesos a funcionarios que desempeñen sus servicios en Unidades o Secciones caninas, cuando hayan hecho constar esta especial dedicación en su correspondiente instancia de inscripción, desarrollen su actividad dentro del organigrama del Cuerpo de pertenencia, hayan obtenido las oportunas acreditaciones para el desarrollo de tales actividades, los animales se encuentren debidamente asegurados bajo cobertura específica de animal de protección y/o seguridad y sean miembros de la Asociación Española de Guías Caninos de Policía Local (sin ánimo de lucro). Esta defensa se extenderá a reclamaciones por daños y/o lesiones sufridos por estos animales y su equipamiento en sus actuaciones profesionales y la defensa por los daños y/o lesiones que en las mismas condiciones pudieran causar.

 

5.    Primera orientación en demandas por calificación de segunda actividad, pérdida de puesto de destino, enfermedades profesionales (psíquicas o físicas), expedientes de tramitación y/o declaración de invalidez, reingresos y reclamaciones económicas.

 

6.   Asesoramiento y orientación sobre actuaciones y comparecencias derivadas del servicio mediante correo electrónico o telefónicamente.

 

7.   Descuento del 50% en asuntos particulares (judiciales y/o administrativos de cualquier orden) al igual que para sus familiares de hasta segundo grado del asociado.

 

En los casos de reclamación de responsabilidades o resarcimientos civiles por accidentes de circulación, podrá beneficiarse de la cobertura de defensa jurídica en los mismos términos que el asociado, salvo del supuesto que se les aplica para su actuación cuando se encuentran actuando de servicio.

 

8.   La asistencia y representación para la instancia del Tribunal Constitucional será pactada particularmente por el asociado con el Despacho de defensa jurídica.

 

9.   Quedan excluidas en cualquier caso de forma expresa:

 

  • Las tasas, precios o fianzas judiciales de cualquier tipo y en cualquier caso.

 

  • Los gastos de procurador (si bien estos pueden ser pactados en ventajosas condiciones con los propios Procuradores de este Despacho).

 

  • En actuaciones no correspondan a la Comunidad de Madrid o sus Provincias limítrofes, la cobertura no incluirá gastos de desplazamiento ni hospedaje, en su caso, del servicio de asistencia letrada.

 

10.  Celebración de unas jornadas anuales o reunión, a requerimiento de la Asociación SEGRUPOL, dedicadas a la memoria genérica registrada de actuaciones susceptibles de actuación letrada de los asociados, con el fin de apoyar y reforzar modos prácticos y más defendibles de actuación.

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